La fianza es uno de los aspectos que más conflictos provoca cuando termina un contrato de alquiler. Mientras dura el arrendamiento suele pasar inadvertida. El problema aparece cuando el inquilino entrega las llaves y reclama inmediatamente su devolución, pero el propietario comprueba que existen rentas pendientes, suministros sin pagar, desperfectos en la vivienda o alguna otra obligación incumplida. En ese momento surge la pregunta: ¿tiene que devolver el propietario toda la fianza o puede quedarse con ella? La respuesta depende de lo ocurrido durante el arrendamiento y, sobre todo, de lo que pueda acreditarse. La fianza no es una cantidad
Cuando un inquilino deja de pagar, se niega a entregar la vivienda al finalizar el contrato o una persona permanece en un inmueble sin título suficiente, el propietario suele encontrarse con numerosas dudas antes de iniciar el procedimiento. ¿Cuántos meses tiene que deber el inquilino? ¿Hay que enviar un burofax? ¿Es obligatorio intentar un MASC? ¿Puede pagarlo todo y parar el desahucio? ¿Cuánto tarda el procedimiento? ¿Hay que acudir al juicio? ¿Qué ocurre si se declara vulnerable? ¿Pueden reclamarse las rentas además de recuperar la vivienda? Las respuestas dependen del tipo de desahucio y de las circunstancias concretas del inmueble
La duración de un contrato de alquiler de vivienda no depende únicamente del plazo que propietario e inquilino hayan escrito en el contrato. Es perfectamente posible firmar un arrendamiento por un año y que, sin embargo, el arrendatario tenga derecho a permanecer en la vivienda durante cinco años o incluso durante más tiempo si se producen las prórrogas previstas legalmente. Por eso, cuando un propietario quiere recuperar una vivienda porque considera que el contrato ha terminado, no basta con mirar la fecha de vencimiento que aparece en la primera página del contrato. Hay que comprobar cuándo se celebró, si el
Alquilar una vivienda sin haber firmado un contrato por escrito no significa necesariamente que no exista un contrato de arrendamiento. Un propietario puede haber entregado una vivienda, el inquilino haber comenzado a residir en ella y haberse acordado verbalmente una renta mensual. Si concurren los elementos esenciales del contrato, esa relación puede tener eficacia jurídica aunque nunca se haya firmado un documento. El problema aparece cuando surge el conflicto. Mientras propietario e inquilino cumplen lo acordado, la falta de contrato escrito puede pasar prácticamente inadvertida. Pero si el arrendatario deja de pagar, el propietario quiere recuperar la vivienda, se discute
Cuando una persona entra o permanece en una vivienda sin autorización de su propietario, una de las primeras preguntas es siempre la misma: ¿cómo puedo recuperar mi casa y cuánto tiempo tardaré en conseguirlo? La respuesta depende de las circunstancias concretas de la ocupación. No existe un único procedimiento válido para todos los casos. Puede ser necesario acudir a la vía civil, a la vía penal o valorar cuál de las distintas acciones posesorias es la más adecuada atendiendo a quién es el propietario, cómo se produjo la entrada, si la vivienda constituye morada, si existió anteriormente algún consentimiento y
Cuando un inquilino deja de pagar el alquiler, el propietario no tiene por qué elegir entre recuperar su vivienda o reclamar el dinero que le deben. En la mayoría de los casos es posible ejercitar ambas acciones conjuntamente: solicitar judicialmente el desahucio por falta de pago y reclamar las rentas y demás cantidades adeudadas. Esta posibilidad tiene una enorme importancia práctica. Un arrendatario puede abandonar finalmente la vivienda y, sin embargo, dejar varios meses de alquiler pendientes. Recuperar la posesión del inmueble no extingue esa deuda. Por ello, cuando existe un impago, conviene estudiar desde el principio una estrategia que
Cuando un inquilino deja de pagar el alquiler durante varios meses, una de las primeras preguntas que se hace el propietario es aparentemente sencilla: si la vivienda es mía y el inquilino no cumple el contrato, ¿por qué no puedo cambiar la cerradura y recuperar mi casa? La reacción es comprensible. El propietario continúa soportando los gastos del inmueble, puede tener que seguir pagando una hipoteca, comunidad, seguros o impuestos y, mientras tanto, otra persona permanece en la vivienda sin abonar la renta pactada. Sin embargo, ser propietario de la vivienda no autoriza a recuperar la posesión por la fuerza
desahucio abogado chalets de lujo https://youtu.be/uYQHYd2n6xk 1.- Desahucio por no pagar las rentas mensuales pactadas en el contrato de alquiler. Es el más normal, el dueño pone a disposición de un inquilino su casa/local a cambio de una renta mensual. El problema surge cuando no se paga la renta en los plazos estipulados (normalmente dentro de los siete primeros días de cada mes). Se llama desde hace unos años desahucio express, y puede ser un procedimiento rápido si se actúa de manera correcta ya que desde la admisión de la demanda se pone fecha de juicio y de “lanzamiento” (
Iniciar correctamente un procedimiento de desahucio no consiste únicamente en presentar el contrato de alquiler y acreditar que existe un problema con el inquilino. La documentación que debe prepararse dependerá del motivo por el que se pretende recuperar el inmueble, de quién lo ocupa, de si existe o no contrato de arrendamiento y de las circunstancias particulares del propietario y de la vivienda. Además, los cambios legislativos de los últimos años han añadido requisitos que deben comprobarse antes de presentar la demanda, entre ellos determinadas exigencias derivadas de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, y, desde 2025,
Cuando un propietario necesita recuperar una vivienda o un inmueble alquilado, una de las primeras dudas que suele plantearse es si necesita abogado y procurador para iniciar el desahucio. En la mayoría de los procedimientos de desahucio, la intervención de abogado y procurador será necesaria. Pero más importante que saber si son obligatorios es comprender qué función desempeña cada profesional, cuánto puede costar el procedimiento y qué debe hacerse antes de presentar la demanda. Un desahucio no consiste simplemente en presentar un escrito ante el Juzgado. Dependiendo del motivo por el que se pretende recuperar el inmueble, habrá que estudiar